Grupo Eipu

Switch to desktop Register Login

Super User

Super User

URL del sitio web: http://www.gavick.com

MENAJES

Miércoles, 21 Marzo 2012 22:25 Publicado en Nuestros Servicios

Esta modalidad esta dirigida a residentes en el exterior que regresan al territorio colombiano. Se considera resiente en el exterior,  toda persona que habite por lo menos veinticuatro (24) meses continuos o discontinuos, inmediatamente anteriores a su llegada al pais para fijar su residencia.

El dueño del menaje tiene un plazo maximo de dos (2) meses desde su llegada a Colombia para el ingreso de la mercancia al pais, pasado este plazo no podra acogerse a esta modalidad de importacion.

La modalidad de importacion de menajes hacia Colombia, permite el ingreso de mercancias con peso (superior a 50 kilos) y medida (superior  a 150 cms) mayor a la permitida por la modalidad Courier.

Los residentes en el exterior que ingresen al territorio aduanero nacional para fijar su residencia, tendrán derecho a traer los efectos personales y el menaje doméstico correspondiente a su unidad familiar, sin que para ello se requiera Registro o Licencia de Importacion, pagando el 15% del valor de la mercancia, como unico impuesto (Articulo 218 y 223 del Decreto 2685 de 1999).

El menaje de los  diplomáticos que regresan al pais, al termino de su misión, esta regulado por el decreto 2148 de 1991, pudiendo ingresar dicho menaje sin pago de derechos de importacion, mediante la prestacion de una declaracion de importacion bajo el codigo de modalidad C701.

Se requiere sin embargo la contratacion de un Agente de Aduanas Autorizado o S.I.A (Servicio intermediacion Aduanera), para el trámite de documentos ante la aduana en Colombia.

De conformidad con lo previsto en los articulos 1º, 327 y 328 del Derecho 685 de 1999, en corcordancia con el Articulo 145 de la resolucion 4240 de 2000 se define el menaje domestico como el conjunto de muebles, aparatos y demas accesorios de utilizacion normal en una vivienda.

ENVIOS BOGOTÁ A U.S.A

Miércoles, 21 Marzo 2012 22:23 Publicado en Nuestros Servicios

A través de esta modalidad realizamos el envio de documento, paquetes o mercancia a cualquier ciudad de los Estados Unidos, previo cumplimiento de los requisitos exigidos por ley.

En Bogotá el cliente puede traer el paquete a nuestra oficina o con un minimo recargo podemos recogerlo en su casa u oficina

REGLAMENTACION

  • Peso maximo de una caja 60 libras americanas.
  • Máximo valor a declarar US$200, cuando dicho valor exceda esta suma dará lugar a costos de aduana y Bróker en USA (aprox. US$260 adicionales)
  • Se pueden enviar muestras de carácter doméstico, industrial, etc. sin que exceda el número de unidades establecido (6 Unidades de la misma referencia).

DOCUMENTARIOS

 Diligenciar formularios Policia Nacional Antinarcoticos y plena identificación del embarcador a traves de copia de la cedula y huella digital e informacion completa del destinatario.

 

Ofrecemos la tarifa más competitiva del mercado, respaldado con un servicio excelente.

IMPORTACIONES HACIA COLOMBIA

Miércoles, 21 Marzo 2012 22:12 Publicado en Nuestros Servicios

Asesoramos y realizamos el transporte de insumos, bienes y servicios de Estados Unidos hacia cualquier ciudad de Colombia. Se importan envios  que superen en peso, monto y cantidad los envios por Curier.

Ofrecemos asesoría en los trámites de nacionalización, que se realizan través de una SIA (Sociedad de Intermediación Aduanera).

REGULACIONES

  • Que su peso exceda 110 libras (50 kilos).
  • Que el valor declarado sea superior a USD $ 2.000 dólares.
  • Que incluyan más de seis unidades comerciales de la misma referencia.
  • Que los bienes estén contemplados en el Artículo 19 de la Ley 19 de 1978,aprobatoria del Acuerdo de la   Unión Postal Universal.

ESPECIFICACIONES Y REQUERIMIENTOS

  • SED: Shipper’s Export Declaration (Declaración de exportación). Documento que se diligencia cuandoe cuando el valor de la mercancía sea superior a $2.500 dólares.
  • Air Waybill (Guía Aérea).
  • Factura Comercial que acompaña la mercancía debe tener los requerimientos del Inconterm (International Commercial Terms), ejemplo: FOB, US Dólares Americanos, etc.
  •  Certified Dangerous Good: Este certificado debe diligenciarse para carga catalogada como peligrosa.

EXPORTACION DE MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL

"Se consideran muestras sin valor comercial aquellas mercancías declaradas como tales y cuyo valor FOB no supere monto que señale la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN); esta entidad podrá establecer condiciones y requisitos especiales para su ingreso.

Página 2 de 3

Copyright by GavickPro 2011. All rights reserved.

Top Desktop version